Es uno de los momentos más angustiantes que puedes vivir en la carretera, pero obviar que a lo largo de tu vida es posible que te veas envuelto en más de uno no te va a ayudar en nada. Tener un accidente de moto es un mal trago, sin duda. Lo mejor es que seas previsor y te adelantes a las circunstancias teniendo claros algunos aspectos claves. Saber cómo actuar, qué hacer o a quién llamar hará que lo lleves mejor. Apunta cada uno de los consejos que vamos a darte a continuación.
En el momento del accidente mantén la calma
Parece obvio, pero en cualquier accidente lo más importante es mantener la calma. Estamos acostumbrados a ver gente que se da un golpe con otro y sale de su vehículo hecho un verdadero energúmeno para empezar a discutir de quién es la culpa sin ni siquiera preguntar cómo está el contrario. Por mucho que te haya costado la moto o el coche, no dejan de ser cosas que se pueden arreglar, sustituir o reemplazar. Lo que tienes en frente, especialmente si es un motorista, es una persona con un susto morrocotudo. No perdamos la perspectiva y hagamos de la carretera un lugar amigable, no un ring de boxeo.
Dicho esto, haz una primera valoración de tus daños. Lógicamente no vas a saber el alcance de tus heridas hasta que te vea personal médico, pero por precaución no te quites el casco y no te muevas si ves que te es complicado incorporarte o presientes que el golpe ha sido grave. Si está en tu mano, llama al 112 para que acudan los servicios de emergencias o pide que lo hagan por ti.
Incluso si el accidente ha sido leve, nuestra recomendación es que te pases por urgencias a que te hagan un examen lo antes posible. No será la primera vez que en el calor del momento no duele nada, el motorista se va a su casa por su propio pie y al día siguiente nota un sospechoso dolor de espalda, cuello, brazos, piernas, etc.
Por otra parte, la existencia de un parte médico donde se certifiquen y describan las lesiones del accidente es imprescindible en una posible reclamación de daños.
¿Parte amistoso o atestado policial?
Fundamental contar con un parte de lesiones
Tanto si pilotabas solo como si llevabas acompañante, no dejes de solicitar la presencia de los servicios de emergencias o, como te hemos dicho al principio, ir a urgencias para que valoren si hay lesiones y su alcance.
No olvides que debes pedir que en los partes de asistencia médica figure que los daños se han producido como consecuencia de un accidente de circulación. Estos informes se convertirán así en una buena prueba a la hora de reclamar a tu compañía de seguros.
Diferencia entre daños a terceros y daños propios
La cobertura de responsabilidad civil o daños a terceros cubrirá siempre los daños materiales o personales que puedas ocasionar a un tercero como consecuencia de un accidente con tu moto asegurada.
Esto no quiere decir, ni mucho menos, que tengas cubiertos los daños que te hagas tú, tu moto o tu acompañante si eres el responsable del siniestro o es un accidente sin contrario. Muchos motoristas creen que, por defecto, cuentan con esta cobertura o la de asistencia sanitaria y la sorpresa llega cuando la compañía se lava las manos y no quiere pagar ni gastos médicos ni quiere responder a indemnizaciones por invalidez o fallecimiento.
Cada vez es más habitual que las aseguradoras comercialicen seguros a la carta en los que tú eliges las coberturas que quieres tener. Es una manera de abaratar el precio final, pero también puede tener como consecuencia una menor protección. En ese sentido, y antes de salir con tu moto a la carretera, dale un buen repaso a tu póliza.
Para que no te confundas, tienes que saber diferenciar entre:
Se trata de una cobertura material que no cubre los daños que haya sufrido el piloto o el copiloto en un accidente, sino los de la moto, independientemente de si has sido el culpable o no hay contrario. Es exclusiva de los seguros a todo riesgo y puede estar sujeta a franquicias.
Puede cubrir la asistencia sanitaria y gastos médicos del piloto culpable lesionado. Si eres de los que cree que la Seguridad Social corre con todos los gastos sanitarios, estás equivocado. No te pierdas la explicación un poco más abajo.
Además, con esta cobertura, tú o tus familiares recibiréis una indemnización en caso fallecimiento o de lesiones que causen invalidez temporal o permanente.
Por supuesto, tendrás unas limitaciones en cuanto a dinero máximo a percibir, tiempo máximo de asistencia y limitación geográfica. Observa bien las condiciones particulares porque ahí estará el verdadero meollo de la cuestión.
Por cierto, si en tu casa sois varios los que usáis la moto, uno debe figurar como conductor habitual y el resto como ocasionales. Nunca se sabe lo que puede pasar y a quién le puede pasar.
La cobertura también es aplicable si tienes un accidente sin contrario (por ejemplo, una salida de la vía o una caída con lesiones).
En principio, el copiloto de una moto estará cubierto con tu cobertura de responsabilidad civil ya que es considerado como un tercero siempre que tu moto esté legalmente habilitada para dos ocupantes.
Asistencia desde kilómetro 0 siempre
Imagínate que tienes un accidente de moto a pocos kilómetros de tu domicilio. No hay contrario, afortunadamente tú no te has hecho nada de consideración, pero tu moto sí. Llamas a tu seguro para pedir una grúa y llevar la moto al taller más cercano y (¡OMG! ¡WTF!) te dicen que no tienes asistencia en carretera desde kilómetro 0. ¡Míralo antes, por favor!
¿Cómo era lo de la famosa Carta Verde?
Por otra parte, seguro que has oído hablar de la famosa carta verde. Es un documento internacional que prueba la contratación de un seguro que responderá ante las víctimas de un accidente causado por un vehículo extranjero en base al seguro obligatorio vigente en el país donde ocurra el percance.
Has de llevarla, por si las moscas, siempre que pilotes con tu moto en cualquier país adscrito a este sistema, salvo los que forman parte de la Unión Europea, así como Andorra, Islandia, Liechtenstein, Noruega, Serbia y Suiza.
No es obligatorio que te la dé tu seguro al contratar la póliza, pero, hombre, es un detalle. En cualquier caso, si se la solicitas te la darán sin problemas.
Plazos para dar parte al seguro y reclamar daños por vía judicial
Después del accidente tienes un plazo de 7 días para dar parte a tu seguro. Comenzará entonces a moverse la maquinaria de la peritación, reparación e indemnización. Si no estás de acuerdo con la resolución de tu propia compañía, puedes poner una reclamación ante el defensor del asegurado, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y, en última instancia, recurrir a la vía judicial. Esto también vale para los accidentes en los que eres una víctima y no estás conforme con lo que te ofrece la compañía contraria. Actúa rápido porque tienes un año como máximo para acudir a los tribunales a solicitar amparo.
Si eres víctima, mejor cuenta con un abogado
Aquí nos vamos a ceñir a una lista de consejos que ofrece la Unidad de Víctimas de Accidentes de Tráfico dependiente de la Dirección General de Tráfico. ¡Toma buena nota!
¿Me cubrirá todos mis gastos médicos la Seguridad Social?
Es una pregunta recurrente. Si producto de un accidente de tráfico (sea culpa tuya o no) tus lesiones requieren llevarte al hospital, operarte o dejarte ingresado, la Seguridad Social te tratará hasta que estés repuesto. Sin embargo, ¿sabías que no son ellos los que corren con esos gastos? Te lo explicamos de un modo muy gráfico en el siguiente esquema.